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[J] | El Tribunal General confirma el registro de la forma de las figuras Lego como marca comunitaria(publicado en Actualidad Diaria 2909 el 16 de junio de 2015) | |
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Según el Reglamento sobre la marca comunitaria, los signos constituidos exclusivamente por la forma impuesta por la naturaleza del propio producto o por la forma del producto necesaria para obtener un resultado técnico no pueden registrarse como marca comunitaria. Best Lock, una sociedad competidora que utiliza figuras similares, solicitó la nulidad de dichas marcas, alegando, por un lado, que la forma del producto viene impuesta por su propia naturaleza (a saber, la posibilidad de ensamblarlo con otros bloques de construcción interconectables, con fines lúdicos) y, por otro, que las figuras de juguete controvertidas obedecen, tanto en su conjunto como en sus detalles, a soluciones técnicas (a saber, la combinación con otros bloques de construcción). La OAMI desestimó las solicitudes de nulidad de Best Lock, ante lo cual ésta se dirigió al Tribunal General de la Unión Europea para reclamar la anulación de las resoluciones de la OAMI. | ||
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